La Ley de Hacienda del Estado de Coahuila de Zaragoza, en sus artículos 96, fracciones I-1-4 y VI, vigentes para los ejercicios fiscales de dos mil veintiuno y dos mil veintidós, es inconstitucional al vulnerar el principio de proporcionalidad tributaria.
El Tribunal Colegiado confirmó el sobreseimiento decretado en la sentencia recurrida y, en la materia de la revisión, concedió el amparo y protección de la justicia federal. La concesión se debió a la inconstitucionalidad del artículo 96, fracciones I-1-4 y VI, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, vigente para los años 2021 y 2022, por contravenir el principio de proporcionalidad tributaria.
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