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715/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El derecho de los trabajadores al pago de diferencias por concepto de aguinaldo prescribe en los plazos establecidos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, siempre que no contravengan la Constitución.

Expediente
715/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
14 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El derecho de los trabajadores al pago de diferencias por concepto de aguinaldo prescribe en los plazos establecidos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, siempre que no contravengan la Constitución.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de los plazos de prescripción para el reclamo de diferencias de aguinaldo de trabajadores del Estado, previstos en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se determinó que dichos plazos son constitucionales al no contravenir el artículo 123 de la Constitución, ya que la prescripción es una figura jurídica que no extingue el derecho, sino la acción para reclamarlo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.