La caducidad o nulidad de una concesión, para ser materia de un juicio constitucional, requiere declaración expresa de la autoridad; la inexistencia, en cambio, basta que se alegue para su análisis judicial.
La ineficacia de una concesión puede derivar de su caducidad o nulidad, las cuales requieren una declaración formal por parte de la autoridad para ser objeto de un juicio constitucional. Sin embargo, la inexistencia de la concesión puede ser analizada por el juez federal simplemente con que sea alegada por la parte actora, sin necesidad de una declaración previa de la autoridad. Por lo tanto, si la autoridad no ha declarado la caducidad o nulidad de una concesión, el juez federal solo podrá examinar su validez desde la perspectiva de su existencia o inexistencia jurídica.
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