InvestigaciónDocumento
En línea
120/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La restitución provisional en los derechos de accionista y de administradora general única de una persona moral, solicitada en la etapa de investigación inicial del proceso penal, debe concederse si se cumplen los requisitos legales, sin que sea impedimento que el asunto no se haya judicializado o que no se haya formulado imputación.

Expediente
120/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La restitución provisional en los derechos de accionista y de administradora general única de una persona moral, solicitada en la etapa de investigación inicial del proceso penal, debe concederse si se cumplen los requisitos legales, sin que sea impedimento que el asunto no se haya judicializado o que no se haya formulado imputación.

Resumen

El presente caso aborda la restitución provisional de derechos de accionista y administradora general única en una sociedad mercantil, solicitada durante la etapa de investigación inicial de un proceso penal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha restitución debe concederse si se cumplen los requisitos legales, aun cuando el proceso penal no se haya judicializado o no se haya formulado imputación. Ello, al considerar que la petición se formuló en tiempo y forma, cumpliendo con las formalidades necesarias para su procedencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.