Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
Se niega el amparo, pues contrariamente a lo alegado por el quejoso, la Sala responsable sí hizo un acucioso análisis de las pruebas desahogadas en la fase de averiguación previa, a efecto de dictaminar cuál o cuáles de ellas, resultaban o no ilícitas en relación con la afectación a su derecho a una defensa adecuada, ponderando el lapso de veintisiete horas en que permaneció sin el nombramiento de defensor, desde su detención legal, como se le ordenó en la ejecutoria de amparo dictada por este órgano colegiado, excluyendo por ilícitas las identificadas con los incisos b) Inspección ministerial de integridad física del inculpado, y c) Pericial en medicina forense en la que se determinó el estado de salud del inculpado y su toxicomanía a la cocaína.
Expediente
86/2017
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Mauricio Barajas Villa
Fecha
24 ago 2017
Materia
penal
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo, pues contrariamente a lo alegado por el quejoso, la Sala responsable sí hizo un acucioso análisis de las pruebas desahogadas en la fase de averiguación previa, a efecto de dictaminar cuál o cuáles de ellas, resultaban o no ilícitas en relación con la afectación a su derecho a una defensa adecuada, ponderando el lapso de veintisiete horas en que permaneció sin el nombramiento de defensor, desde su detención legal, como se le ordenó en la ejecutoria de amparo dictada por este órgano colegiado, excluyendo por ilícitas las identificadas con los incisos b) Inspección ministerial de integridad física del inculpado, y c) Pericial en medicina forense en la que se determinó el estado de salud del inculpado y su toxicomanía a la cocaína.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.