La responsabilidad penal del tesorero municipal en el delito de peculado se acredita con la disposición dolosa de recursos públicos en beneficio de un tercero, sin importar que el objeto social o domicilio fiscal de la empresa contratada sean imprecisos, dado que su función es administrar dichos recursos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la responsabilidad penal de un tesorero municipal en el delito de peculado. Se determina que el tesorero es responsable si dispone dolosamente de recursos públicos en beneficio de un tercero, como la contratación de software sin evidencia de su entrega o uso. La imprecisión en el objeto social o domicilio fiscal de la empresa contratada no exime de responsabilidad al tesorero, ya que su deber es administrar los recursos públicos conforme a la ley.
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