La imposición de multas por la omisión o expedición incorrecta de comprobantes fiscales, sin permitir al contribuyente ofrecer pruebas para desvirtuar los hechos u omisiones asentados en el acta de visita, transgrede la garantía de previa audiencia.
El procedimiento de visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales, que permite a la autoridad imponer multas sin que el contribuyente pueda ofrecer pruebas para desvirtuar los hechos u omisiones antes de la resolución, viola la garantía de previa audiencia. Esto se debe a que la multa, al ser un crédito fiscal no tributario derivado del incumplimiento de una obligación accesoria, requiere que el gobernado tenga la oportunidad de defenderse y ofrecer pruebas antes de que se afecte su derecho.
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