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52/2010Juzgado9ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

La justicia de la Unión no ampara ni protege contra la discusión, aprobación, promulgación, expedición, refrendo y publicación de reformas a la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, al tratarse de actos de naturaleza formalmente legislativa y materialmente de ejecución irreductible.

Expediente
52/2010
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Alfredo Cid García
Fecha
10 ago 2010
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La justicia de la Unión no ampara ni protege contra la discusión, aprobación, promulgación, expedición, refrendo y publicación de reformas a la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, al tratarse de actos de naturaleza formalmente legislativa y materialmente de ejecución irreductible.

Resumen

El Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región sobresee en el juicio respecto de ciertos actos y autoridades, y niega el amparo a la quejosa contra la reforma a la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. La negativa se fundamenta en que los actos reclamados, al ser de naturaleza formalmente legislativa y materialmente de ejecución irreductible, no pueden ser analizados en un juicio de amparo indirecto, pues su impugnación debe darse a través de los medios ordinarios de defensa o hasta que su aplicación concreta cause un perjuicio irreparable.

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