La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe fundar y motivar exhaustivamente la determinación de desechar un recurso de revisión en amparo directo, al considerar que no se cumplen los requisitos de importancia y trascendencia, pues de lo contrario se vulnera el derecho de acceso a la justicia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Presidencia de este Alto Tribunal debe fundar y motivar de manera exhaustiva la decisión de desechar un recurso de revisión en amparo directo por no cumplir con los requisitos de importancia y trascendencia. Lo anterior, con el fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las partes, permitiendo una revisión adecuada de las resoluciones presidenciales que impiden el acceso al conocimiento del asunto por parte de las Salas de la Corte.
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