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109/2021SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe fundar y motivar exhaustivamente la determinación de desechar un recurso de revisión en amparo directo, al considerar que no se cumplen los requisitos de importancia y trascendencia, pues de lo contrario se vulnera el derecho de acceso a la justicia.

Expediente
109/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
13 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe fundar y motivar exhaustivamente la determinación de desechar un recurso de revisión en amparo directo, al considerar que no se cumplen los requisitos de importancia y trascendencia, pues de lo contrario se vulnera el derecho de acceso a la justicia.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Presidencia de este Alto Tribunal debe fundar y motivar de manera exhaustiva la decisión de desechar un recurso de revisión en amparo directo por no cumplir con los requisitos de importancia y trascendencia. Lo anterior, con el fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las partes, permitiendo una revisión adecuada de las resoluciones presidenciales que impiden el acceso al conocimiento del asunto por parte de las Salas de la Corte.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.