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SJF · Tesis

La procedencia del juicio fiscal, aun cuando existan recursos administrativos contra la imposición de una multa por omisión de impuestos, no requiere su agotamiento si en dicho recurso no puede alegarse la cuestión principal que se combate en el juicio, como es la omisión del impuesto, pues obligar a su agotamiento violaría las garantías de audiencia y debido proceso legal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1975
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La procedencia del juicio fiscal, aun cuando existan recursos administrativos contra la imposición de una multa por omisión de impuestos, no requiere su agotamiento si en dicho recurso no puede alegarse la cuestión principal que se combate en el juicio, como es la omisión del impuesto, pues obligar a su agotamiento violaría las garantías de audiencia y debido proceso legal.

Resumen

Se establece que un contribuyente no está obligado a agotar los recursos administrativos contra una multa por omisión de impuestos si el recurso no permite alegar la cuestión fundamental que se combate en el juicio fiscal, es decir, la omisión del impuesto. Forzar el agotamiento de un recurso en el que no se podría defender plenamente la pretensión violaría las garantías de audiencia y debido proceso legal. Por lo tanto, la multa puede ser combatida directamente en el juicio fiscal junto con el impuesto, siempre que se aleguen cuestiones que sí puedan ser materia del recurso administrativo o se argumente que la multa está subjudice mientras se resuelve la cuestión del impuesto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.