InvestigaciónDocumento
En línea
879/2017ConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La contestación de la demanda en sentido afirmativo, por sí sola, no genera un laudo condenatorio, pues el actor conserva la carga de probar la procedencia de su acción, máxime si las pruebas ofrecidas no acreditan la existencia de la relación laboral.

Expediente
879/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
25 jun 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La contestación de la demanda en sentido afirmativo, por sí sola, no genera un laudo condenatorio, pues el actor conserva la carga de probar la procedencia de su acción, máxime si las pruebas ofrecidas no acreditan la existencia de la relación laboral.

Resumen

El Tribunal Colegiado concedió el amparo a las quejosas al considerar que la Junta responsable incurrió en un error al emitir un laudo condenatorio basándose únicamente en la confesión ficta derivada de la falta de contestación de la demanda por parte de las patronales. Se determinó que, si bien la falta de contestación genera una presunción, esta no es suficiente por sí sola para acreditar la acción principal, ya que el actor conserva la carga probatoria de demostrar la existencia de la relación laboral y los elementos de su acción, especialmente cuando las pruebas ofrecidas, como la confesional tácita, presuncional e instrumental de actuaciones, no aportan elementos suficientes para acreditar dicho vínculo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.