La imposición de una sanción a quien no ha cometido una infracción legal es violatoria del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La sanción impuesta a un particular que no ha incurrido en ninguna infracción legal constituye una violación al derecho fundamental de legalidad, consagrado en el artículo 16 de la Constitución. Este principio exige que toda autoridad deba fundar y motivar sus actos, especialmente aquellos que restringen la libertad o propiedad de los gobernados, asegurando que la imposición de una pena o sanción se base en una conducta previamente tipificada como ilícita y demostrada.
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