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51/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La competencia para conocer de un juicio de nulidad en el que se impugna la negativa de una solicitud de acceso a la información pública, corresponde a los juzgados de distrito en materia administrativa, cuando la autoridad emisora del acto es un órgano descentralizado federal.

Expediente
51/2023
Tribunal
Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Fernando Silva García
Fecha
7 dic 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La competencia para conocer de un juicio de nulidad en el que se impugna la negativa de una solicitud de acceso a la información pública, corresponde a los juzgados de distrito en materia administrativa, cuando la autoridad emisora del acto es un órgano descentralizado federal.

Resumen

Se determinó la competencia de un juzgado de distrito en materia administrativa para conocer de un juicio de nulidad contra la negativa de acceso a información pública. La cuestión central radicó en determinar si la competencia recaía en un juzgado federal o local, considerando que la autoridad emisora era un órgano descentralizado federal. El tribunal resolvió que, al tratarse de un acto de una entidad federal, la competencia es de los juzgados de distrito en materia administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.