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5110/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La exención del pago de la indemnización por seguro de vida no puede depender de quién lo paga, pues las distinciones que se hacen con tal motivo violan el principio de equidad tributaria.

Expediente
5110/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
25 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La exención del pago de la indemnización por seguro de vida no puede depender de quién lo paga, pues las distinciones que se hacen con tal motivo violan el principio de equidad tributaria.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la exención del pago de la indemnización por seguro de vida no debe depender de quién realiza el pago. Consideró que las distinciones basadas en esta premisa contravienen el principio de equidad tributaria. La Sala enfatizó que la norma impugnada trata de forma diferenciada a los beneficiarios sin parentesco, lo cual es inconstitucional al basarse en concepciones discriminatorias y perpetuar estigmas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.