La Comisión Reguladora de Energía carece de facultades para modificar metodologías de transmisión sin la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, contraviniendo el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legalidad de una resolución emitida por la Comisión Reguladora de Energía que modificó la metodología de transmisión. Se determina que la Comisión actuó sin las facultades necesarias al no solicitar la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, requisito indispensable según el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Por lo tanto, la resolución impugnada se considera inconstitucional e ilegal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.