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202/2023ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La exención del impuesto sobre nóminas a entes públicos, al no justificar objetiva y razonablemente el trato diferenciado frente a otros contribuyentes, contraviene el principio de equidad tributaria.

Expediente
202/2023
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
19 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La exención del impuesto sobre nóminas a entes públicos, al no justificar objetiva y razonablemente el trato diferenciado frente a otros contribuyentes, contraviene el principio de equidad tributaria.

Resumen

Se resuelve una contradicción de criterios entre tribunales colegiados respecto a la constitucionalidad del artículo noveno de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal 2020, que exentaba a entes públicos del pago del impuesto sobre nóminas. El Pleno Regional determinó que dicha exención viola el principio de equidad tributaria al no existir una justificación objetiva y razonable para el trato diferenciado, a pesar de que el legislador la denominó 'estímulo fiscal'. Se consideró intrascendente el origen de los recursos o la naturaleza pública de los entes, basándose en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece que el impuesto sobre nóminas grava una manifestación indirecta de riqueza y que la capacidad contributiva se revela con la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.