La procedencia del amparo indirecto contra la negativa de la autoridad de tener por presentado el escrito de ofrecimiento de pruebas, bajo el argumento de que el oferente no exhibió copia para cada una de las partes, debe analizarse a la luz de la finalidad del artículo 140 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que es dar certeza a las contrapartes sobre el contenido de las pruebas ofrecidas, y no la de impedir el ejercicio del derecho de defensa.
El Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito concedió el amparo para efectos en un caso donde se negó el ofrecimiento de pruebas por falta de copias. El tribunal determinó que la finalidad del artículo 140 del Código Federal de Procedimientos Civiles es dar certeza a las contrapartes, no impedir el derecho de defensa. Por lo tanto, la negativa de la autoridad debe ser analizada bajo esta perspectiva.
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