Las multas fiscales, al ser accesorias del crédito fiscal en que tienen origen, quedan sin efectos cuando la resolución determinante de dicho crédito es nulificada, al carecer de sustentación causal.
La presente tesis establece que las multas fiscales son accesorias al crédito fiscal del cual derivan. Por lo tanto, si la resolución que determina un crédito fiscal es anulada, la multa impuesta con base en esa resolución también debe considerarse sin efectos, ya que su fundamento causal desaparece. Esto aplica cuando la autoridad fiscal impone una multa y su origen es una resolución que posteriormente es invalidada.
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