La invalidez de las disposiciones de una Ley de Ingresos Municipal que invaden la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materias reservadas a ésta, como son los hidrocarburos y las telecomunicaciones, debe declararse para restaurar el orden constitucional vulnerado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de porciones específicas de la Ley de Ingresos del Municipio de Jiménez, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2024. La controversia constitucional se centró en que dichas disposiciones invadían competencias exclusivas de la Federación en materia de hidrocarburos y telecomunicaciones, contraviniendo los artículos 25, 27 y 73, fracción X de la Constitución Federal. La Corte determinó que la regulación y establecimiento de contribuciones en estas áreas corresponden a la Federación, por lo que la ley municipal era inconstitucional en los aspectos impugnados.
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