La expresión de agravios debe contener razones que combatan la sentencia recurrida, por lo que las razones expuestas en los informes previo y con justificación de la autoridad responsable no pueden tenerse como agravios, al ser anteriores a la emisión del fallo impugnado.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las razones expuestas por la autoridad responsable en sus informes previo y con justificación no pueden considerarse como agravios en un recurso, ya que los agravios deben combatir directamente la sentencia recurrida y ser posteriores a su emisión. Por lo tanto, si la autoridad responsable se limita a reiterar las mismas razones de sus informes, estas no serán tomadas en cuenta como expresión de agravios válida.
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