La fiscalización excepcional de servidores públicos por parte de la Auditoría Superior de una entidad federativa, al no ser un acto de molestia que afecte la esfera jurídica de los particulares, no es impugnable en amparo indirecto.
El presente caso se relaciona con la impugnación de un oficio emitido dentro de un procedimiento de fiscalización excepcional, el cual tiene como finalidad determinar si existen responsabilidades administrativas de servidores públicos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicho oficio, al ser parte de un procedimiento de fiscalización y no afectar directamente la esfera jurídica de los particulares, no constituye un acto de molestia que pueda ser combatido a través del amparo indirecto. Por lo tanto, el juicio de amparo indirecto es improcedente.
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