La facultad de atracción del Tribunal Federal de Justicia Administrativa procede cuando la cuantía del negocio excede los doscientos millones de pesos, conforme al Acuerdo G/10/2019.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa ejerce su facultad de atracción en un juicio contencioso administrativo debido a la cuantía del negocio, que supera los doscientos millones de pesos, cumpliendo así con los requisitos establecidos en el artículo 48, fracción I, inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Acuerdo G/10/2019. La Sala Superior analizará la legalidad de las resoluciones emitidas en el procedimiento, incluyendo la resolución original que determinó un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta, actualización, recargos y multas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.