El sobreseimiento procede cuando los actos reclamados son inexistentes o han dejado de surtir efectos en la esfera jurídica del quejoso, o bien, cuando el juicio de amparo se promueve contra disposiciones generales abstractas que no han sido objeto de un acto de aplicación concreto en perjuicio del gobernado.
El Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región sobreseyó el juicio de amparo en relación con ciertos actos y autoridades, y negó la protección federal solicitada por el quejoso. La decisión se basó en la inexistencia de los actos reclamados o en que estos habían dejado de surtir efectos, así como en la naturaleza abstracta de las disposiciones generales impugnadas sin un acto de aplicación concreto.
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