El Decreto 36 del Congreso del Estado de Nuevo León, que prorroga contratos de arrendamiento y establece una compensación de seis meses de renta para inquilinos en caso de desocupación por uso personal del propietario, no contraviene el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no imponer penas ni confiscar bienes, sino establecer una limitación a la libertad de contratar.
El presente caso analiza la constitucionalidad del Decreto 36 del Congreso del Estado de Nuevo León, el cual prorroga la duración de los contratos de arrendamiento y establece una compensación de seis meses de renta para los inquilinos si deben desocupar el inmueble para uso personal del propietario. La tesis sostiene que dicho decreto no viola el artículo 22 constitucional, pues la compensación no constituye una pena ni una confiscación de bienes, sino una limitación a la libertad de contratar impuesta por el legislador estatal en materia de arrendamiento.
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