La facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se rige por los criterios que este Alto Tribunal ha emitido.
El Constituyente Permanente y el legislador ordinario han determinado que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la encargada de establecer los criterios para el ejercicio de la facultad de atracción, a través de la interpretación que realice en los asuntos que se ventilan ante ella. Esto se corrobora con diversos criterios emitidos por este Máximo Tribunal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.