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605/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

La reposición del procedimiento en el juicio de amparo es procedente cuando la sentencia recurrida se revoca por vicios formales que impiden el análisis de fondo.

Expediente
605/2025
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Ponente
Araceli Diaz Esparza
Fecha
29 abr 2026
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La reposición del procedimiento en el juicio de amparo es procedente cuando la sentencia recurrida se revoca por vicios formales que impiden el análisis de fondo.

Resumen

El tribunal colegiado revocó la sentencia de amparo y ordenó la reposición del procedimiento. Esto se debió a que la sentencia recurrida contenía vicios formales que impedían el análisis de fondo del asunto, específicamente en relación con el incremento de una pensión alimenticia. La reposición permitirá al juez de distrito subsanar las deficiencias y emitir un nuevo fallo que aborde correctamente la controversia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.