La invalidez de una norma que asigna directamente el pago de pensiones a un poder judicial, sin la intervención del órgano legislativo y sin especificar la fuente de financiamiento, es procedente cuando contraviene la autonomía presupuestal de dicho poder.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez parcial de un decreto que ordenaba al Poder Judicial del Estado de Morelos cubrir pensiones, al considerar que el Congreso local dispuso directamente de los recursos financieros del Poder Judicial sin su intervención y sin especificar la fuente de pago. Se determinó que esta disposición contraviene la autonomía presupuestal del Poder Judicial, la cual debe ser respetada conforme a la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos.
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