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1270/2015ConcedeSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El impuesto sobre la renta que se retenga a los contribuyentes por concepto de rendimientos de inversiones en los fondos de retiro, no puede ser menor al 10% del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al mes, aun cuando el impuesto a cargo sea inferior a dicha cantidad.

Expediente
1270/2015
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
7 dic 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El impuesto sobre la renta que se retenga a los contribuyentes por concepto de rendimientos de inversiones en los fondos de retiro, no puede ser menor al 10% del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al mes, aun cuando el impuesto a cargo sea inferior a dicha cantidad.

Resumen

El presente asunto versa sobre la legalidad de la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) efectuada a los fondos de retiro. El quejoso impugna los artículos 109, fracción X, 112 y 170 de la Ley del ISR, así como la Regla I.3.10.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012. La controversia se centra en determinar si la retención del ISR sobre los rendimientos de las inversiones en fondos de retiro debe ser al menos el 10% del salario mínimo general, independientemente de que el impuesto a cargo del contribuyente sea menor. La Corte analiza la interpretación de los artículos impugnados para resolver esta cuestión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.