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15/2021ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El derecho por servicio de alumbrado público y los impuestos adicionales establecidos en las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Guerrero para el ejercicio fiscal 2021 son inconstitucionales por contravenir los principios de proporcionalidad, equidad y legalidad tributarias.

Expediente
15/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
28 mar 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El derecho por servicio de alumbrado público y los impuestos adicionales establecidos en las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Guerrero para el ejercicio fiscal 2021 son inconstitucionales por contravenir los principios de proporcionalidad, equidad y legalidad tributarias.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH en contra de diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Guerrero para el ejercicio fiscal 2021. Se determinó que el cobro del derecho de alumbrado público, al basarse en elementos ajenos al costo del servicio como el tipo de domicilio o actividad económica, vulnera los principios de proporcionalidad y equidad tributarias. Asimismo, se invalidaron los impuestos adicionales que gravaban el pago de otros impuestos y derechos municipales, por contravenir los principios de legalidad, seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria, al no reflejar la capacidad contributiva real de los causantes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.