La declaratoria de prescripción de créditos fiscales puede ser solicitada por el contribuyente o realizada de oficio por la autoridad recaudadora, conforme al artículo 146 del Código Fiscal de la Federación.
La Sala Regional del Norte Centro IV y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la procedencia de una demanda de nulidad contra una resolución que negó la prescripción de un crédito fiscal. La autoridad argumentó que el crédito no había prescrito debido a diversas gestiones de cobro. Sin embargo, el Tribunal determinó que una de las diligencias de ejecución, realizada en 2014, fue ilegal por no cumplir con las formalidades para declarar al contribuyente como no localizable. Al declararse fundado este argumento, se consideró que la prescripción operó, declarando la nulidad del acto impugnado.
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