La procedencia del recurso de revisión fiscal, cuando se combate la interpretación de un ordenamiento legal, requiere que la sala sentenciadora se haya pronunciado sobre la disposición legal en cuestión.
El recurso de revisión fiscal procede si la resolución o sentencia afecta el interés fiscal de la Federación y la Procuraduría Fiscal considera que el asunto es importante por tratarse de la interpretación de leyes o reglamentos. Para que proceda, es indispensable que la sala sentenciadora haya interpretado o abordado la disposición legal que se combate, pues de lo contrario, no existiría una interpretación a impugnar a través de dicho recurso.
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