El requerimiento de pago de multa y el acta de embargo, dentro de un procedimiento administrativo de ejecución, no constituyen actos de imposible reparación que actualicen la procedencia del juicio de amparo indirecto, salvo que se demuestre que afecten materialmente derechos sustantivos del quejoso, caso en el cual deberá analizarse la procedencia del amparo contra actos de ejecución de imposible reparación.
La contradicción de criterios aborda si el requerimiento de pago de multa y el acta de embargo, en un procedimiento administrativo de ejecución, son actos que, por sí solos, actualizan una causa manifiesta e indudable de improcedencia del juicio de amparo. Los Tribunales Colegiados contendientes analizaron si estos actos iniciales de ejecución, que implican el embargo de bienes, son impugnables de inmediato o si deben esperarse hasta la resolución definitiva del procedimiento. La decisión se centra en determinar si dichos actos afectan derechos sustantivos de forma irreparable, lo cual es clave para la procedencia del amparo indirecto.
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