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63/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Lo que ahora se señala, en torno a la improcedencia del pago del fondo de ayuda sindical por defunción, fundamentalmente porque la persona fallecida no fue miembro del sindicato demandado, dada su calidad de trabajadora de confianza; constituye un argumento novedoso que no fue materia de defensa al momento de producir la contestación de la demanda

Expediente
63/2025
Tribunal
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
Rosa Elda Martínez Rodríguez
Fecha
11 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Lo que ahora se señala, en torno a la improcedencia del pago del fondo de ayuda sindical por defunción, fundamentalmente porque la persona fallecida no fue miembro del sindicato demandado, dada su calidad de trabajadora de confianza; constituye un argumento novedoso que no fue materia de defensa al momento de producir la contestación de la demanda

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.