El recurso de revisión fiscal es improcedente contra las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que declaran la nulidad de resoluciones de la Unidad de Inteligencia Financiera que niegan eliminar a un contribuyente de la lista de personas bloqueadas, si la anulación se funda en vicios de forma.
El presente criterio establece la improcedencia del recurso de revisión fiscal cuando la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa anula una resolución de la Unidad de Inteligencia Financiera por vicios de forma, sin resolver el fondo del asunto. Se basa en la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual considera que este tipo de nulidades no cumplen con los requisitos de importancia y trascendencia para la procedencia de la revisión fiscal. En este caso, la nulidad se originó por la falta de un requisito formal en el acuerdo de bloqueo, lo que impidió al tribunal pronunciarse sobre la legalidad de la inclusión del contribuyente en la lista.
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