La fracción VI del artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, al establecer la obligación de presentar el reporte de operaciones relevantes, no vulnera el derecho a la seguridad jurídica del gobernado, al no ser una norma que imponga una carga o sanción por sí misma, sino que remite a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para determinar las consecuencias de su incumplimiento.
El tribunal revisa la constitucionalidad de la fracción VI del artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, que obliga a presentar un reporte de operaciones relevantes. Se determina que dicha disposición no viola la seguridad jurídica, ya que no impone cargas o sanciones directas, sino que remite a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para definir las consecuencias del incumplimiento. Por lo tanto, se niega el amparo solicitado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.