La omisión en la entrega de recursos federales a los municipios constituye un acto de naturaleza negativa que puede ser impugnado en controversia constitucional, siempre que se demuestre la existencia de la obligación de hacer y la falta de cumplimiento por parte de la autoridad demandada.
En esta controversia constitucional, el Municipio de Veracruz demandó la invalidez de las retenciones de diversos fondos federales por parte del Poder Ejecutivo del Estado. La Suprema Corte determinó que la omisión en la entrega de estos recursos, al ser un acto de naturaleza negativa (un no hacer), es impugnable en esta vía. Se estableció que para que proceda el análisis de fondo, es necesario acreditar la existencia de la obligación de la autoridad de entregar los fondos y la falta de cumplimiento, desestimando la impugnación de actos o decretos inexistentes y enfocándose en la omisión de entrega y el pago de intereses.
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