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SJF · Tesis

Los agravios deben controvertir los fundamentos de la sentencia recurrida, demostrando la inexactitud de los hechos o las razones que la sustentan, y no limitarse a afirmaciones dogmáticas o genéricas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1967
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los agravios deben controvertir los fundamentos de la sentencia recurrida, demostrando la inexactitud de los hechos o las razones que la sustentan, y no limitarse a afirmaciones dogmáticas o genéricas.

Resumen

El presente criterio establece que las manifestaciones de los recurrentes en un recurso no constituyen agravios si se limitan a afirmar dogmáticamente que el juzgador llegó a una conclusión basada en presunciones, sin razonar contra los fundamentos del fallo. Es indispensable que los recurrentes argumenten por qué los hechos en que se basa la sentencia recurrida solo engendran presunciones, para así demostrar la inexactitud de la conclusión del juzgador y sustentar debidamente sus agravios.

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