La facultad de las autoridades hacendarias para solicitar información adicional en los avisos de compensación, prevista en el artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica, al ser una atribución necesaria para verificar el cumplimiento de las contribuciones.
El artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación faculta a las autoridades hacendarias para solicitar información adicional sobre los avisos de compensación. El tribunal determinó que esta facultad, aunque es un acto de molestia, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica. Esto se debe a que es necesaria para que la autoridad verifique el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en concordancia con el derecho de los ciudadanos de contribuir a los gastos públicos y el derecho a la compensación regulado en el artículo 23 del mismo ordenamiento.
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