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SJF · Tesis

La facultad de las autoridades hacendarias para solicitar información adicional en los avisos de compensación, prevista en el artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica, al ser una atribución necesaria para verificar el cumplimiento de las contribuciones.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 ago 2011
Materia
constitucional
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La facultad de las autoridades hacendarias para solicitar información adicional en los avisos de compensación, prevista en el artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica, al ser una atribución necesaria para verificar el cumplimiento de las contribuciones.

Resumen

El artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación faculta a las autoridades hacendarias para solicitar información adicional sobre los avisos de compensación. El tribunal determinó que esta facultad, aunque es un acto de molestia, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica. Esto se debe a que es necesaria para que la autoridad verifique el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en concordancia con el derecho de los ciudadanos de contribuir a los gastos públicos y el derecho a la compensación regulado en el artículo 23 del mismo ordenamiento.

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