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177/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

La revisión fiscal es improcedente contra la sentencia que declara la nulidad de la resolución recaída a la solicitud de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido negativo, cuando esta no encuadra en los supuestos del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Expediente
177/2025
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Teresa Márquez Sánchez
Fecha
7 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal es improcedente contra la sentencia que declara la nulidad de la resolución recaída a la solicitud de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido negativo, cuando esta no encuadra en los supuestos del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Resumen

El presente asunto versa sobre la improcedencia de la revisión fiscal interpuesta por autoridades hacendarias. La cuestión jurídica resuelta es si dicho recurso es procedente contra una sentencia que anuló una resolución negativa de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales. El tribunal determinó que la revisión fiscal es improcedente, ya que el caso no encuadra en ninguna de las fracciones del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.