La revisión fiscal es improcedente contra la sentencia que declara la nulidad de la resolución recaída a la solicitud de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido negativo, cuando esta no encuadra en los supuestos del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
El presente asunto versa sobre la improcedencia de la revisión fiscal interpuesta por autoridades hacendarias. La cuestión jurídica resuelta es si dicho recurso es procedente contra una sentencia que anuló una resolución negativa de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales. El tribunal determinó que la revisión fiscal es improcedente, ya que el caso no encuadra en ninguna de las fracciones del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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