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SJF · Tesis

Las sociedades tienen interés jurídico para impugnar las obligaciones de retener y enterar el impuesto del 8% sobre dividendos, así como las liquidaciones relativas, pero carecen de él para reclamar la devolución del impuesto pagado por cuenta de sus socios o la validez de la ley que lo creó.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1949
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Las sociedades tienen interés jurídico para impugnar las obligaciones de retener y enterar el impuesto del 8% sobre dividendos, así como las liquidaciones relativas, pero carecen de él para reclamar la devolución del impuesto pagado por cuenta de sus socios o la validez de la ley que lo creó.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las sociedades sí poseen interés jurídico para impugnar las obligaciones fiscales que les impone la ley en materia de retención y entero del impuesto sobre dividendos, así como las liquidaciones correspondientes. Sin embargo, se estableció que dicho interés jurídico no se extiende a la reclamación de la devolución del impuesto pagado por cuenta de sus socios, ni a la impugnación de la ley que creó dicho gravamen.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.