La orden de visita domiciliaria, al ser un acto de autoridad que causa molestias al particular y afecta de manera directa e inmediata derechos sustantivos consagrados en la Constitución Federal, como la inviolabilidad del domicilio, es impugnable a través del juicio de amparo indirecto.
El juicio de amparo indirecto procede contra la orden de visita domiciliaria, ya que este acto de autoridad afecta de forma directa e inmediata derechos fundamentales del gobernado, como la inviolabilidad de su domicilio, consagrados en la Constitución. La orden de visita es el acto que da sustento a todo el procedimiento de auditoría, y de no cumplir con los requisitos legales o constitucionales, no debe iniciarse o, si se lleva a cabo, no producirá efectos contra el visitado.
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