La negativa de condonación de multas no es impugnable a través del juicio de nulidad, en virtud de que el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación establece que dichas resoluciones no pueden ser combatidas por los medios de defensa previstos en dicho ordenamiento.
El presente caso aborda la impugnabilidad de la negativa de condonación de multas. El tribunal determinó que, conforme al artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, las resoluciones sobre condonación de multas no son susceptibles de impugnación mediante el juicio de nulidad. Si el particular considera que la negativa viola la garantía de audiencia, debe impugnar directamente la inconstitucionalidad del precepto legal que impide dicha impugnación.
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