La imposibilidad jurídica de que una sentencia de amparo produzca efectos restitutorios actualiza la causal de improcedencia prevista en la Ley de Amparo, lo que conduce al sobreseimiento del juicio.
El Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz sobreseyó el juicio de amparo promovido contra la adición de los párrafos sexto al decimoctavo del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación. El tribunal determinó que, aun si se concediera el amparo, los efectos deseados por el quejoso (la compensación universal) no podrían concretarse, ya que la prohibición de dicha compensación se fundamenta en porciones normativas no reclamadas en el juicio y confirmadas por jurisprudencia. Por lo tanto, se actualizó la causal de improcedencia por imposibilidad jurídica de que la sentencia produzca efectos restitutorios.
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