La aplicación de la jurisprudencia es una cuestión de legalidad y no de constitucionalidad, por lo que no puede ser materia de revisión en amparo directo en revisión, salvo que se controvierta la constitucionalidad de una norma general.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la aplicación de la jurisprudencia constituye una cuestión de legalidad y no de constitucionalidad. Por lo tanto, no es un tema que pueda ser revisado en un amparo directo en revisión, a menos que la controversia principal sea sobre la constitucionalidad de una norma general. En el caso, los argumentos de la recurrente sobre la aplicación de una jurisprudencia específica no demostraron la procedencia del recurso, ya que no se impugnó la constitucionalidad de una ley.
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