El mandamiento de ejecución que deriva de un crédito fiscal previamente anulado en un juicio diverso, debe declararse nulo lisa y llanamente por provenir de un acto viciado de origen.
La Sala Regional en Yucatán declaró la nulidad lisa y llana de un mandamiento de ejecución emitido por falta de garantía. La nulidad se fundamentó en que el crédito fiscal del cual derivaba dicho mandamiento ya había sido anulado previamente en otro juicio, lo que lo convertía en un acto viciado de origen. La Sala determinó que, al haber quedado firme la sentencia que anuló el crédito fiscal, el acto de ejecución carecía de sustento legal.
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