La suplencia de la queja deficiente en materia penal no puede hacer procedente un recurso de revisión que de suyo no lo es.
El presente asunto versa sobre la procedencia de un recurso de revisión en materia penal. El quejoso alegó diversas violaciones constitucionales y legales, incluyendo la falta de análisis de una denuncia de tortura y la inconstitucionalidad de ciertas disposiciones legales. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que, si bien opera la suplencia de la queja deficiente en favor del sentenciado, esta no puede extenderse al punto de hacer procedente un recurso que intrínsecamente no lo es, como en el caso del recurso de revisión cuando no se cumplen los requisitos de procedencia.
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