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1323/2025NiegaJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua

La suspensión definitiva de actos reclamados en el juicio de amparo requiere la acreditación del interés suspensional por parte del quejoso, sin que la protesta de decir verdad sea suficiente para demostrarlo.

Expediente
1323/2025
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua
Ponente
Héctor Manuel Flores Lara
Fecha
20 ene 2026
Materia
civil
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva de actos reclamados en el juicio de amparo requiere la acreditación del interés suspensional por parte del quejoso, sin que la protesta de decir verdad sea suficiente para demostrarlo.

Resumen

El Juzgado Sexto de Distrito en Chihuahua negó la suspensión definitiva solicitada por el quejoso contra actos de autoridades judiciales y de ejecución. El tribunal determinó que, si bien se cumplió con la solicitud de la medida y la apariencia del buen derecho podría existir, el quejoso no acreditó su interés suspensional al no exhibir documento alguno que demostrara su derecho de propiedad o posesión sobre el inmueble objeto de los actos reclamados, como un contrato de compraventa. Por lo tanto, al no cumplirse este requisito fundamental, la suspensión solicitada resultó improcedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.