La deducción inmediata de inversiones, como medida temporal, es procedente para empresas que no rebasen ciertos ingresos anuales, inviertan en infraestructura de transporte, o en actividades del sector energético, así como en equipo para la generación, transporte, distribución y suministro de energía, aplicándose en ejercicios fiscales específicos y en pagos provisionales o anuales según corresponda.
El criterio aborda la procedencia de la deducción inmediata de inversiones como estímulo fiscal temporal para ciertos contribuyentes. Se enfoca en empresas con ingresos anuales limitados, aquellas que invierten en infraestructura de transporte, y las que participan en el sector energético o en equipamiento para la generación y distribución de energía. La medida busca impulsar la inversión y la competitividad, permitiendo aplicar la deducción en ejercicios fiscales específicos (2016 y 2017) y en diferentes momentos de pago (provisionales o anuales).
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