La omisión de la autoridad fiscal de declarar de oficio la prescripción de un crédito fiscal no constituye una resolución definitiva impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pues no genera un agravio directo al contribuyente y, por ende, no actualiza la procedencia del juicio de nulidad.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la procedencia del juicio de nulidad contra la omisión de la autoridad fiscal de declarar de oficio la prescripción de un crédito fiscal. Se establece que dicha omisión no es una resolución definitiva ni causa un agravio al contribuyente, por lo que no es impugnable directamente ante el Tribunal. Sin embargo, se recuerda que el contribuyente puede hacer valer la prescripción vía excepción cuando la autoridad intente cobrar el crédito fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.