La revisión adhesiva en el juicio de nulidad es procedente cuando se interpone por la autoridad tercero interesada en el juicio de amparo directo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de la revisión adhesiva en un juicio de nulidad. El caso involucra a Abastecedora y Comercializadora Walls, S.A. de C.V., quien impugnó un crédito fiscal. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpuso revisión adhesiva. La Corte determinó que la revisión adhesiva es procedente cuando es interpuesta por la autoridad que tiene el carácter de tercero interesado en el juicio de amparo directo, asegurando así la correcta tramitación del asunto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.